domingo, 4 de marzo de 2012

Aprobado el Reglamento de la Ley de Mediación Familiar de Andalucía

El 21 de febrero el  Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía aprobó el reglamento de la Ley 1/2009 de Mediación Familiar en Andalucía.

Lo más destacado de la norma:
 

Los trámites se iniciarán a instancia de las partes interesadas, bien por iniciativa propia o mediante propuesta del órgano judicial de los servicios públicos competentes, atendiendo siempre al principio de voluntariedad. Estableciéndose un plazo de tres meses, desde la fecha de registro de la solicitud, para dictar y notificar la resolución. Dentro del cual se celebrarán las sesiones, que no excederán de seis y con una duración mínima de 60 minutos cada una.

         El procedimiento no supondrá ningún coste para las personas que cumplan los requisitos que rigen en la asistencia jurídica gratuita.

         El procedimiento garantizará los principios de imparcialidad y neutralidad de la persona mediadora y la confidencialidad de la información obtenida durante el proceso.

         Se fijan los requisitos para los profesionales de la mediación, los supuestos de gratuidad y la exclusión de casos de violencia o maltrato. Los profesionales facultados para ejercer la mediación son aquellos que poseen titulación universitaria en disciplinas de Derecho, Psicología, Psicopedagogía, Sociología, Pedagogía, Trabajo Social, Educación Social o cualquier otra licenciatura o diplomatura de carácter social, psicológico o jurídico. Además, el reglamento exige una formación específica de postgrado con una duración mínima de 300 horas, así como la acreditación de una formación continua de carácter trienal con al menos 60 horas acumulables.

         Los profesionales quedarán inscritos en el Registro de Mediación Familiar de Andalucía y podrán acogerse a un sistema de turnos para participar en los procesos. Este registro incluye tanto a mediadores como a equipos de mediadores.

Respecto al régimen disciplinario aplicable a los profesionales mediadores, la norma prevé sanciones que van desde los 300 euros para las infracciones leves hasta los 15.000 euros y la suspensión de la actividad entre uno y tres años para las muy graves.

Se establece la creación del Consejo Andaluz de Mediación Familiar, órgano de participación y asesoramiento en el que estarán representados los mediadores, los colegios profesionales, las universidades y la Administración autonómica.


No hay comentarios:

Publicar un comentario